sábado. 07.12.2024
EFICIENCIA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA

Modernización de la estructura judicial española

*El Pleno ha dado luz verde al anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, que sustituye los juzgados unipersonales por tribunales de instancia, crea las Oficinas Judiciales del Municipio y regula medios adecuados de solución de controversias
Ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños
Ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado hoy la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que pasa a tramitación en el Senado para su aprobación definitiva. 

Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, esta norma se erige como pilar fundamental de la mayor transformación de la Justicia en décadas. Un proceso que ya se ha iniciado con la Ley Orgánica del Derecho a la Defensa-publicada hoy 14 de noviembre en el BOE- y la aprobación de los reales decretos 5/2023 y 6/2023, que impulsaron la digitalización y los trámites procesales. A ello se suma la plena normalización del Poder Judicial tras la renovación del Consejo General del Poder Judicial en el mes de junio.

El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños ha puesto en valor la política de acuerdos que ha permitido la aprobación de esta norma y ha agradecido la labor de los técnicos del ministerio y la contribución por parte de los grupos parlamentarios a la mejora del texto.

Reforma organizativa para favorecer la especialización, la gestión de recursos y la cercanía

La Ley Orgánica de eficiencia del Servicio Público de Justicia introduce dos líneas fundamentales de actuación, una reforma organizativa y otra procesal, ambas posibles gracias al despliegue tecnológico que está desarrollando e implementando el ministerio, como el expediente judicial electrónico.

Respecto a la reforma organizativa de la Administración de Justicia, la norma crea los Tribunales de Instancia, un órgano colegiado que integra todos los juzgados unipersonales y los jueces de primera instancia en una única organización en cada partido judicial, que unificará la respuesta en primera instancia. Cada tribunal estará integrado por una Sección Civil y otra de Instrucción. Además, se podrán integrar otras secciones especializadas que, hasta ahora, constituían juzgados individuales.

De esta forma, los 3.800 juzgados unipersonales se transformarán en 431 Tribunales, favoreciendo la especialización, la unificación de criterios y permitirá distribuir adecuadamente las cargas de trabajo y compartir recursos.

Se crean también, las Oficinas de Justicia en los Municipios, que acercarán el Servicio Público de Justicia a todos los territorios y les dotarán de servicios con los que los ciudadanos podrán realizar toda una serie de actos y trámites procesales de manera telemática sin tener que desplazarse.

Mecanismos alternativos de solución de controversias

La Ley incluye modificaciones en materia procesal regulando los llamados medios alternativos de solución de controversias (MASC) en vía no jurisdiccional en los ámbitos civil y mercantil.

Esta regulación contribuirá a encontrar la solución más adecuada a cada conflicto aliviando la carga de trabajo de juzgados y tribunales.

Por último, se contempla una serie de reformas procesales para agilizar la tramitación de los procedimientos judiciales en varias jurisdicciones, aplicándose también a la subasta judicial electrónica. Asimismo, modificará las principales normas procesales para adaptarlas a la reforma de la organización judicial mencionada anteriormente.

 

Modernización de la estructura judicial española